19 de junio de 2013

¡¿INCONSTITUCIONAL?!



El Poder Judicial debe dirimir controversias que afecten derechos del ciudadano. No declarar inconstitucional las leyes que se aprueban democrática y legítimamente por los representantes del pueblo. Inconstitucional en todo caso, es el rol asumido por la Corte Suprema con este fallo.

¡¡¡REFORMA CONSTITUCIONAL YA!!!
Hagamos una Constitución que garantice los derechos de todos y no que se utilice en beneficio de pocos.



"Art. 114.- El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial.
El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultante de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley. Serán sus atribuciones:..." (Transcripción literal del Artículo 114 de la Constitución Nacional)

¿En qué parte se interpreta que los integrantes del Consejo de la Magistratura no pueden ser electos en elecciones populares? 

¿Acaso el Congreso no procedió tal cuál lo determinado por la Constitución?

Lo único inconstitucional en lo que pasó es la atribución de la Corte que se arrogó roles de gobierno. Y esos roles son atribuciones de otro Poder del Estado.
Aporto el comentario del Dr. Zaffaroni: http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-222581-2013-06-19.html

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